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Recomendamos el mejor camino dentro del marco que permita la legalidad civil, mercantil, administrativa y fiscal
Ofrecemos asesoramiento gratuito e imparcial.

Herencia

Documentación a aportar
  • Certificado literal defunción de la persona fallecida facilitado por el Juzgado (Registro Civil).
  • Certificado de últimas voluntades de la persona fallecida.
  • Fotocopia de los Carnet de Identidad de todos los herederos, debiendo aportar los originales del D.N.I. al tiempo de la firma de la escritura de partición.
  • Copia autorizada del testamento. Este documento puede obtenerse por medio de la misma Notaría.
  • Originales o fotocopias de las escrituras de los inmuebles y de sus I.B.I., así como las de las participaciones y/o acciones en el caso de que la persona fallecida fuera socia de una Soc. Limitada, Anónima o de otra naturaleza.
  • Certificado bancario de los saldos al día del fallecimiento y de los fondos y valores bursátiles (acciones) depositados.
  • Ficha técnica y permiso de circulación del vehículo.
  • Certificado de seguros de vida y/o accidentes, o de otra naturaleza contratados. Este documento puede obtenerse por medio de la misma Notaría..
Observaciones
  • Si alguna de las personas que intervinieran no supieran o no pudieran firmar, SERÍA PRECISO LA INTERVENCIÓN DE DOS TESTIGOS, CUYOS DATOS HABRÍA QUE APORTAR IGUALMENTE.
  • Si algún interesado va a comparecer e intervenir a través de apoderado, DEBE APORTARSE EL ORIGINAL DEL PODER NOTARIAL QUE SE HAYA DADO.
MUY IMPORTANTE

ES OBLIGATORIO LIQUIDAR Y PAGAR, EN SU CASO LOS IMPUESTOS DE SUCESIONES (JUNTA DE ANDALUCÍA) Y PLUSVALÍA MUNICIPAL (AYUNTAMIENTOS DONDE RADICAN LAS PROPIEDADES) DENTRO DE LOS SEIS MESES SIGUIENTES AL FALLECIMIENTO.

SI LA LIQUIDACIÓN ES NEGATIVA, ESTO ES SI NO HAY QUE PAGAR NADA Y NO SE PRESENTA LA LIQUIDACIÓN DENTRO DEL PLAZO SEÑALADO, LA JUNTA PUEDE SANCIONAR LA PRESENTACIÓN FUERA DE PLAZO CON MULTA PECUNIARIA.

Compraventas

Documentación a aportar
  • Certificado de la comunidad de propietarios de estar al día en el pago.
  • Certificado de Eficiencia Energética.
  • Último recibo de IBI.
  • Copia del título de propiedad.
  • DNIs de compradores y vendedores.
  • Método de pago (cheque, efectivo, préstamo…).
  • Determinar quién paga los gastos (Notaría).
  • En caso de estar alguna de las partes casada en régimen económico matrimonial de separación de bienes, aportar copia autorizada de las capitulaciones matrimoniales inscritas o libro de familia donde conste inscrita dicha separación de bienes.

Testamentos

Aportar DNI en vigor

Poderes

Aportar DNI en vigor del poderdante y datos personales del apoderado. En caso de poder para pleitos, lista de abogados y procuradores.

Donaciones

Documentación a aportar:
Dineraria: Justificante de la transferencia realizada.
No Dineraria: Título de la propiedad objeto de la donación.

Capitulaciones Matrimoniales

Pueden otorgarse antes o después del matrimonio, en cuyo caso debe aportarse el Libro de Familia.

Matrimonios

Auto judicial autorizando el matrimonio en la Notaría y de testigos (pueden ser familiares).

Divorcios

Libro de Familia y un letrado. Se podrán autorizar en Notaría sólo matrimonios sin hijos o con hijos mayores de edad no dependientes. Cada cónyuge debe estar asistido de su letrado o o ambos cónyuges con un letrado común.